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CONTRATACIÓN

La contratación en el Distrito Capital de Bogotá se rige por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, Ley 80 de 1993, y sus leyes modificatorias y complementarias, como la Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, y Ley 1882 de 2018.

Esta normativa establece los principios y procedimientos para la adquisición de bienes, obras y servicios por parte de las entidades públicas del distrito. Además, se aplican los Pliegos Tipo expedidos por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente (CCE), que estandarizan los documentos de los procesos de selección para prevenir la corrupción y la falta de transparencia.


 

Principios Fundamentales La contratación estatal en el Distrito Capital se fundamenta en principios clave que guían su ejecución:

 

  • Transparencia: Todos los actos y decisiones deben ser públicos para garantizar la participación de los interesados.
  • Economía: Los procesos de selección deben ser eficientes, evitando costos innecesarios y optimizando el uso de los recursos públicos.
  • Responsabilidad: Los servidores públicos y los contratistas son responsables por el cumplimiento de sus obligaciones.
  • Planeación: Cada proceso de contratación debe estar precedido de estudios y análisis que garanticen su conveniencia y viabilidad.

 

Tipos de Contratación en el Distrito Capital

 

Los tipos de selección más utilizados en el Distrito Capital, que buscan garantizar la pluralidad de oferentes y la selección objetiva, son:

 

1. Licitación Pública

 

La licitación pública es el proceso de selección más formal y complejo, utilizado para contratos de gran cuantía, es decir, aquellos cuyo valor es superior a los umbrales establecidos anualmente por el gobierno nacional. El objetivo es garantizar la mayor participación posible de oferentes.

  • Aspectos Clave:
    • Publicidad: Se publica un aviso de convocatoria y el pliego de condiciones en la plataforma del Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP II).
    • Proceso: Incluye la presentación de ofertas, la evaluación técnica, jurídica y financiera, y la adjudicación del contrato al proponente con la mejor oferta.
    • Aplicación: Obras de infraestructura, grandes consultorías o suministro de bienes a gran escala.

 

2. Selección Abreviada

 

La selección abreviada es un mecanismo más ágil que la licitación pública, utilizado para la adquisición de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de menor cuantía. Se utiliza para agilizar los procesos y reducir la carga administrativa.

  • Aspectos Clave:
    • Modalidades: Incluye varias submodalidades, como Subasta Inversa (para bienes de características uniformes), Contratación de Menor Cuantía (contratos con valores inferiores a los umbrales de la licitación), y Adquisición en Grandes Superficies (para bienes con precios de mercado ya definidos).
    • Aplicación: Compra de equipos de oficina, suministros de papelería, servicios de mantenimiento o vigilancia, entre otros.

 

3. Concurso de Méritos

 

El concurso de méritos se utiliza para la contratación de servicios de consultoría, donde la experiencia, la capacidad intelectual y las calidades del proponente son más importantes que el precio. Este tipo de selección evalúa la capacidad técnica y la experiencia profesional.

  • Aspectos Clave:
    • Evaluación: Se basa en un sistema de puntaje que valora la experiencia específica del proponente, la formación del equipo de trabajo y la propuesta metodológica. El factor precio solo se evalúa en una fase posterior y tiene un peso menor.
    • Aplicación: Estudios de factibilidad, interventorías de obras, diseño de proyectos arquitectónicos o asesorías jurídicas especializadas.

 

4. Contratación Directa

 

La contratación directa es una modalidad de selección excepcional que permite a la entidad pública contratar de forma directa con un proponente sin un proceso de selección previo. Esta modalidad es restrictiva y solo se justifica bajo circunstancias específicas definidas en la ley.

  • Aspectos Clave:
    • Causales:
      • Urgencia Manifiesta: Eventos imprevisibles que requieren una actuación inmediata para evitar un daño (desastres naturales, calamidades).
      • Contratación de Empréstitos: Contratos de crédito con entidades financieras.
      • Contratos Interadministrativos: Celebrados entre dos entidades públicas.
      • Contratación de Artistas: Para espectáculos públicos.
      • Bienes y Servicios Exclusivos: Donde solo existe un proveedor en el mercado.
    • Aplicación: Contratación de servicios de emergencia, convenios entre secretarías distritales o la adquisición de un software con un único fabricante.

 

5. Contratación por Mínima Cuantía

 

La contratación por mínima cuantía es un proceso de selección abreviado y simplificado para contratos de valores muy bajos. Se caracteriza por su rapidez y menor formalidad.

  • Aspectos Clave:
    • Proceso: La entidad pública publica la invitación en el SECOP II por un período de tiempo limitado, y cualquier persona interesada puede presentar su oferta. La entidad contrata con la primera oferta que cumpla con los requisitos.
    • Aplicación: Compra de elementos de oficina, servicios de fotocopiado o pequeños mantenimientos.

 

Sistema de Información y Control

 

El Distrito Capital, al igual que el resto de las entidades públicas en Colombia, utiliza el SECOP II como su plataforma oficial para la gestión de la contratación. Este sistema centraliza toda la información de los procesos, desde la etapa de planeación hasta la liquidación del contrato.

Su uso es obligatorio y busca garantizar la trazabilidad y la transparencia en cada uno de los procesos de contratación, permitiendo a la ciudadanía ejercer un control social efectivo.

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