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Normatividad (internacional, nacional, distrital)

Este sistema se enmarca en:

  • La Ley 2195 de 2022:

Por medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción. Capitulo III – Beneficios Finales. Art.12. Debida Diligencia: i) Identificación de persona natural o jurídica que celebra el contrato. ii) Identificación del beneficiario final. iii) Objeto del control estatal. iv) Identificación de fuentes de fondos, perfil de riesgo y actividad comercial.  

Art.31. Medidas de debida diligencia en las entidades del sector público: Prevención, gestión y administración de riesgos de lavado de activos, financiación del terrorismo y proliferación de armas y riesgos de corrupción, incluidos en los reportes de operaciones sospechosas a la UIAF, consulta en las listas restrictivas y otras medidas específicas.

  • CONPES Distrital 01 de 2019:

Establece la política pública de transparencia, integridad y no tolerancia a la corrupción, con lineamientos específicos antilavado de activos y contra la financiación del terrorismo.

  • Circular 092 de 2020 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá:

Define la ruta metodológica para la implementación del SARLAFT-FP en las entidades distritales y expide el Documento Técnico de adaptación de medidas de prevención y mitigación del riesgo de LA/FT.

  • Decreto 1122 de 2024:

Incorpora acciones estratégicas específicas sobre gestión del riesgo de LA/FT/FPADM con enfoque basado en riesgo y procesos de debida diligencia en el sector público, entre otras normatividades vigentes.

Acción estratégica 3: Riesgos de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo Financiación para la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva – LAFT /FPADM. Sistema con EBR.

Acción estratégica 4: Debida Diligencia, implementar mediante un instrumento procesos de conocimiento de la contraparte y debida diligencia.

  • Guía para la Gestión Integral del Riesgo en Entidades Públicas (Versión 7). 

Proporciona un marco metodológico estandarizado que permite proteger los recursos frente a amenazas operativas, de corrupción y, especialmente, de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LA/FT/FP). Para dar cumplimiento, la entidad estructura el Sistema de Gestión del Riesgo Integral (SIGRIP) de manera unificada dentro de sus Mapas de Riesgos institucionales, operando bajo lineamientos técnicos como:  i) Identificación por Factores de Exposición, ii) Estructura del Riesgo, iii) Diseño de Controles de Alta Eficiencia y iv) Articulación Institucional y Reporte.

  • Acuerdo 1025 de 2026:

Por medio del cual se establecen lineamientos para el seguimiento y verificación de la adopción de mecanismos de prevención y control del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo por parte de las entidades Distritales

  • Asimismo, incorpora estándares internacionales del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), lineamientos de la UIAF.
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