Respuesta:
Es el derecho que tiene toda persona, de presentar peticiones respetuosas a las autoridades, por motivos de interés general o particular, y a obtener pronta resolución completa y de fondo sobre la misma.
Toda actuación que inicie cualquier persona ante las autoridades implica el ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, sin que sea necesario invocarlo. Mediante él, entre otras actuaciones, se podrá solicitar el reconocimiento de un derecho o que se resuelva una situación jurídica, que se le preste un servicio, pedir información, consultar, examinar y requerir copias de documentos, formular consultas, quejas, denuncias y reclamos e interponer recursos.
El ejercicio del derecho de petición es gratuito y puede realizarse sin necesidad de representación a través de abogado.
Respuesta:
La petición debe contener por lo menos
- La designación de la autoridad a la que se dirige.
- Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante y o apoderado, si es el caso, con indicación de su documento de identidad y de la dirección donde recibirá correspondencia. El peticionario podrá agregar el número de fax o la dirección electrónica. Si el peticionario es una persona privada que deba estar inscrita en el registro mercantil, estará obligada a indicar su dirección electrónica.
- El objeto de la petición.
- Las razones en las que fundamenta su petición.
- La relación de los documentos que desee presentar para iniciar el trámite.
- La firma del peticionario cuando fuere el caso.
Una petición ciudadana puede presentarse por los siguientes canales:
Presencial
Dirección: Carrera 13 27-00 edificio Bochica local 12 Bogotá, D.C
Radicación de solicitudes y Buzón de sugerencias: Lunes a Viernes: 7:00 a.m. – 4:30 p.m.
Telefónico
Número: 6013693777
Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m.
Digital
Correo electrónico: contactenos@desarrolloeconomico.gov.co
Formulario: click aquí
Respuesta:
Los tiempos para dar respuesta a las peticiones ciudadanas, se cuentan en días hábiles y estos empiezan desde el día siguiente al que se reciben en la entidad y están divididos de la siguiente forma:
Consultas: hasta 30 días hábiles.
Derechos de petición de interés General, particular, quejas, reclamos, sugerencias, denuncias y felicitaciones: hasta 15 días hábiles.
Solicitudes de acceso a la información y copias: hasta 10 días hábiles.
Cuando no sea posible responder en los plazos anteriores, la entidad informara al ciudadano las circunstancias y el nuevo plazo de respuesta el cual no puede exceder el doble del termino inicial.