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Preguntas Frecuentes

Respuesta:

Es el Sistema Distrital de Quejas y Soluciones que centraliza la gestión de quejas de las entidades.

 

Respuesta:

Una petición ciudadana puede presentarse:

Por Teléfono: Marcando gratuitamente al 195, línea de información del Distrito Capital o al 3693777 extensión 143.

Por Escrito: Enviando su comunicación directamente a la Secretaría de Desarrollo Económico, Carrera 60 No. 63 A – 52.

Por Internet: Ingresando al portal web de Bogotá: http://www.bogota.gov.co/sdqs/ o al portal web de la Secretaría: https://www.desarrolloeconomico.gov.co/?q=content/formulario-peticiones-quejas-y-reclamos.

Personalmente: A través de la Red CADE o en Secretaría de Desarrollo Económico Carrera 60 No. 63 A – 52

Por vía electrónica: Enviando su petición al formulario electrónico pqrsd@desarrolloeconomico.gov.co.

Cuando una petición no se acompañe de los documentos e información requeridos por la ley, en el acto de recibo la autoridad deberá indicar al peticionario los que falten. Si éste insiste en que se radique, así se hará dejando constancia de los requisitos o documentos faltantes.

Si quien presenta una petición verbal pide constancia de haberla presentado, el funcionario la expedirá en forma sucinta.

Las autoridades podrán exigir que ciertas peticiones se presenten por escrito, y pondrán a disposición de los interesados, sin costo, a menos que una ley expresamente señale lo contrario, formularios y otros instrumentos estandarizados para facilitar su diligenciamiento. En todo caso, los peticionarios no quedarán impedidos para aportar o formular con su petición argumentos, pruebas o documentos adicionales que los formularios por su diseño no contemplen, sin que por su utilización las autoridades queden relevadas del deber de resolver sobre todos los aspectos y pruebas que les sean planteados o presentados más allá del contenido de dichos formularios.

 

 

Respuesta:

Toda persona tiene derecho de presentar peticiones respetuosas a las autoridades, en los términos señalados en el Código contencioso administrativo de lo administrativo, por motivos de interés general o particular, y a obtener pronta resolución.

Toda actuación que inicie cualquier persona ante las autoridades implica el ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, sin que sea necesario invocarlo. Mediante él, entre otras actuaciones, se podrá solicitar el reconocimiento de un derecho o que se resuelva una situación jurídica, que se le preste un servicio, pedir información, consultar, examinar y requerir copias de documentos, formular consultas, quejas, denuncias y reclamos e interponer recursos.

El ejercicio del derecho de petición es gratuito y puede realizarse sin necesidad de representación a través de abogado.

 

Respuesta:

Salvo norma legal especial en contrario y so pena de sanción disciplinaria, toda petición deberá resolverse dentro de los quince (15) días siguientes a su recepción en la entidad.

Estará sometida a término especial la resolución de las siguientes peticiones:

  • Las peticiones de documentos deberán resolverse dentro de los diez (10) días siguientes a su recepción. Si en ese lapso no se ha dado respuesta al peticionario, se entenderá, para todos los efectos legales, que la respectiva solicitud ha sido aceptada y, por consiguiente, la administración ya no podrá negar la entrega de dichos documentos al peticionario, y como consecuencia las copias se entregarán dentro de los tres (3) días siguientes.
  • Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción.

Cuando excepcionalmente no fuere posible resolver la petición en los plazos señalados, la autoridad deberá informar de inmediato, y en todo caso antes del vencimiento del término señalado en la ley, esta circunstancia al interesado expresando los motivos de la demora y señalando a la vez el plazo razonable en que se resolverá o dará respuesta, el cual no podrá exceder del doble del inicialmente previsto.

Cuando se trate de una solicitud de información de los congresistas, esta se deberá resolver dentro de un término máximo de CINCO (5) días calendario, siguientes a la fecha de su recepción (Art 258 de la ley 5/92)

Las quejas, reclamos y denuncias se resolverán dentro de los QUINCE (15) días hábiles siguientes a su recibo, exceptuando aquellas que requieran de un proceso disciplinario, las cuales serán atendidas en los términos previstos por el código único disciplinario.

Las peticiones se resolverán o contestarán dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible resolver o contestar la petición en dicho plazo, se deberá informar así al interesado, expresando los motivos de la demora y señalando a la vez la fecha en que se resolverá o dará respuesta. Cuando la petición haya sido verbal, la decisión podrá tomarse y comunicarse en la misma forma al interesado. En los demás casos será escrita.

 

Respuesta:

Toda decisión que rechace la petición de informaciones o documentos será motivada, indicará en forma precisa las disposiciones legales pertinentes y deberá notificarse al peticionario. Contra la decisión que rechace la petición de informaciones o documentos por motivos de reserva legal, no procede recurso alguno, salvo lo previsto en el artículo siguiente.

La restricción por reserva legal no se extenderá a otras piezas del respectivo expediente o actuación que no estén cubiertas por ella.

Respuesta:

Emprendedor: son aquellas personas que tienen los conocimientos, las habilidades y el deseo de poner en marcha una idea de negocio o que inicia un proyecto de su propia iniciativa asumiendo el riesgo.

 

Respuesta:

Emprendimiento: Se entiende como el desarrollo de un negocio que va desde la fase de ideación hasta la fase de pre-consolidación en el mercado. Es decir, desde el momento de la generación de la idea de negocio, hasta tres años después de su puesta en marcha (que es cuando logra cruzar el denominado “valle de la muerte” e inicia su consolidación en el mercado y fase de maduración).

 

Respuesta:

Emprendimiento por oportunidad: Se entiende como el desarrollo de un negocio que va desde la fase de ideación hasta la fase de pre-consolidación en el mercado, y se distingue por tener un óptimo potencial de crecimiento que permitirá su escalabilidad. Así mismo, hacen uso eficiente del conocimiento y la tecnología y tienen una buena expectativa de acumulación de capital que va más allá de la generación de ingresos para la subsistencia.

 

Respuesta:

Emprendimiento por necesidad: Se entiende como el desarrollo de un negocio que va desde la fase de ideación hasta la fase de pre-consolidación en el mercado, pero sin el total conocimiento de su potencial en el mercado. Se puede decir que este tipo de emprendimiento es una aventura empresarial que se lleva a cabo por aquellos que buscan solucionar algún tipo de dificultad financiera o salir del desempleo.

 

Respuesta:

Unidad productiva: Actividad que se crea y se desarrolla para la generación de ingresos, son los negocios que llevan más de tres años en el mercado y que se encuentra o no formalizados.

 

Respuesta:

Asistencia Técnica: Actividad mediante la cual profesionales expertos en diferentes áreas o instituciones aliadas proporcionan a los emprendedores, emprendimientos, unidades productivas y/o empresarios conocimientos especializados en diversos procesos de tipo administrativo y/o productivos y/o de comercialización y/o financieros y/o legales, entre otros, a través de procesos de asesoría y/o acompañamiento y/o formación y/o Monitoria.

 

Respuesta:

Ruta de Emprendimiento: Programa de asesoría y acompañamiento que brinda la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, la cual cuenta con diferentes estrategias para su ejecución donde cada ciudadano, emprendedor, emprendimiento, unidad productiva o empresario contará con una oferta de servicios ajustada a las necesidades de su perfil: asesorías, talleres y charlas especializadas para orientar desde la ideación, la puesta en marcha y el desarrollo de los negocios.

 

Se brinda a todos los ciudadanos, sin importar su condición socioeconómica, género, etnia, discapacidad e identidad cultural, bajo los principios de igualdad, diversidad, participación, interculturalidad, e integralidad.

 

Si la oferta de servicio no es prestada directamente por la SDDE, como articuladores del ecosistema de emprendimiento distrital, los remitiremos a la entidad aliada que lo esté haciendo, brindándole el contacto (entidad – nombre – dirección y horarios de atención) de quien pueda atenderle; esta información se transmitirá en la sesión informativa por perfil que les brindaremos.

Respuesta:

La Agencia Pública de Empleo, es una iniciativa del Gobierno Nacional que busca el encuentro entre la oferta y la demanda laboral de la ciudad de Bogotá, de manera transparente, ágil y eficiente.

Ayuda a los trabajadores a encontrar un empleo adecuado a su perfil y a los empleadores a contratar trabajadores de acuerdo a sus necesidades, para aumentar la productividad y competitividad de sus empresas.

 

Respuesta:

Los Buscadores de Empleo que son personas desempleadas o trabajadores que deseen cambiar su situación laboral vigente.

Los Empleadores son quienes están buscando el talento humano para el desarrollo de las actividades de su empresa.

Así mismo, la Agencia Pública de Empleo ofrece atención especializada a las poblaciones vulnerables priorizadas.

 

Respuesta:

 

  1. Virtual:

A través de los portales de atención www.bogotatrabaja.gov.co, en donde los trabajadores pueden registrar sus hojas de vida y consultar las vacantes disponibles. De igual manera los empleadores pueden registrar sus empresas.

  • Presencial:

Visitando los Puntos de Atención existentes en la ciudad, ya sean las rutas de empleo por las localidades que se mencionan en el punto siguiente, o directamente en la agencia de empleo de Secretaria Distrital de Desarrollo Económico.

 

Puntos de Atención:

  • Secretaria Distrital de Desarrollo Económico (Cra 60 No 63ª – 52), Centro de empleo de la Plaza de los Artesanos.

 

  • Rutas de Empleo, información y capacitación en los siguientes puntos:

 

SEDES HORARIOS SERVICIOS
 

 

 

 

 

Tunjuelito

calle 59 sur No 18b –  07

Registro de oferentes, demandantes y vacantes.

Lunes a Jueves ( 8 am a 4 pm)

Viernes ( 8 am a 12 m)

Orientación Ocupacional, (entrevista personalizada), miércoles  de 8 am a 4 pm.

Orientación Ocupacional (Talleres de Orientación) viernes de 9 am a 1 pm.

Preselección, miércoles de 8 am a 4 pm.

 

 

 

 

Básicos: Registro de oferentes, demandantes y vacantes, orientación ocupacional y preselección.

 

 

 

 

 

Usaquén

Calle 165 No 7 – 52

Registro de oferentes, demandantes y vacantes.

Lunes a Jueves ( 8 am a 4 pm)

Viernes ( 8 am a 12 m)

Orientación Ocupacional, (entrevista personalizada), miércoles  de 8 am a 4 pm.

Orientación Ocupacional (Talleres de Orientación) viernes de 9 am a 1 pm.

Preselección, miércoles de 8 am a 4 pm.

 

 

 

 

 

 

 

Básicos: Registro de oferentes, demandantes y vacantes, orientación ocupacional y preselección.

 

 

 

 

 

Ciudad Bolívar

Calle 68 D bis A sur 49D – 70

Registro de oferentes, demandantes y vacantes.

Lunes a Jueves ( 8 am a 4 pm)

Viernes ( 8 am a 12 m)

Orientación Ocupacional, (entrevista personalizada), miércoles  de 8 am a 4 pm.

Orientación Ocupacional (Talleres de Orientación) viernes de 9 am a 1 pm.

 

Preselección, miércoles de 8 am a 4 pm.

 

 

 

 

 

 

 

Básicos: Registro de oferentes, demandantes y vacantes, orientación ocupacional y preselección.

 

 

 

 

 

Rafael Uribe

Calle 32 sur No 23 – 62

Registro de oferentes, demandantes y vacantes.

Lunes a Jueves ( 8 am a 4 pm)

Viernes ( 8 am a 12 m)

Orientación Ocupacional, (entrevista personalizada), miércoles  de 8 am a 4 pm.

Orientación Ocupacional (Talleres de Orientación) viernes de 9 am a 1 pm.

Preselección, miércoles de 8 am a 4 pm.

 

 

 

 

 

 

Básicos: Registro de oferentes, demandantes y vacantes, orientación ocupacional y preselección.

 

 

 

San Cristóbal

Avenida Primera de Mayo No 01- 40 sur

Registro de oferentes, demandantes y vacantes.

Lunes a Jueves ( 8 am a 4 pm)

Viernes ( 8 am a 12 m)

Orientación Ocupacional, (entrevista personalizada), miércoles  de 8 am a 4 pm.

Orientación Ocupacional (Talleres de Orientación) viernes de 9 am a 1 pm.

Preselección, miércoles de 8 am a 4 pm.

 

 

 

 

Básicos: Registro de oferentes, demandantes y vacantes, orientación ocupacional y preselección.

 

 

Respuesta:

El propósito de esta medida es la de garantizar el derecho al trabajo que tienen todos los residentes de la ciudad de Bogotá, permitiéndoles acceder a las oportunidades laborales que hay en su ciudad; además el conocer las vacantes y los perfiles laborales que demandan las empresas permite orientar mejor la formación para el trabajo y las políticas públicas de educación.

 

Respuesta:

En los sitios web:  www.bogotatrabaja.gov.co

 

Respuesta:

Si, estos programas son dirigidos  a toda persona natural o jurídica que tenga unidad de negocio. Los Beneficiarios serán objeto de capacitación financiera por parte de la Subdirección de Financiamiento e Inclusión Financiera en asuntos relacionados con el manejo financiero de negocios, así como, en el conocimiento de productos y servicios que ofrece el sector financiero en general.  Si lo requiere y cumple con los requisitos, se procede al alistamiento financiero (recolección de documentos y estructuración del proyecto) para su presentación a la entidad financiera, para el trámite de crédito.

 

Respuesta:

  • Consultar a través del teléfono 3693777 ext. 193, 106, 229 en donde se le brinda orientación y  asesoría del proceso de inscripción  en la convocatoria de inclusión financiera.
  • Lo pueden hacer realizando  la  inscripción por la página web de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico www.desarrolloeconomico.gov.co entrando por el banner taller de financiamiento y haciendo la inscripción correspondiente o en las convocatorias que hace la SDDE y las Alcaldías Locales.
  • Asistir a los Talleres de Educación Financiera TODOS los miércoles ( previa inscripción literal b) en la Carrera 60 n.° 63ª – 52 -Plaza de los Artesanos- de la ciudad de Bogotá, en el horario  de 9:00 am a 11:30 a.m.
  • Acercarse a las Alcaldías Locales a solicitar información de las convocatorias mensuales que se realizan en cada Localidad por parte de la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico.

 

Respuesta:

a. El propietario de la unidad productiva debe ser mayor de edad.

b. Demostrar mínimo seis (6) de antigüedad en la unidad productiva y se encuentre actualmente en operación.

c. No encontrarse reportado en centrales de riesgo (socios, empresa, representante legal y deudores solidarios).

d. Asistir a la capacitación de educación financiera dada por parte de la Subdirección de Financiamiento e Inclusión Financiera de la Secretaria o un aliado estratégico.

 

Respuesta:

Son circuitos cortos de comercialización que reúnen a la oferta (productores) y la demanda (población  interesada  en  adquirir  y/o consumir   los   productos   que   ofrecen   los   productores)   en   un ambiente propicio para realizar intercambio de bienes y servicios.

 

Respuesta:

En la  Plaza de los Artesanos, ubicada en la Carrera 60 No.63ª-52.

 

Respuesta:

Pueden participar todos los empresarios de los sectores a los cuales va dirigida la convocatoria que se encuentren formalizados en la Cámara de Comercio.

 

Respuesta:

La participación en la feria no genera ningún valor.  La SDDE, entrega al expositor un stand y/o carpa para exponer su producto.

 

Respuesta:

Los a visitantes a las ferias no pagan ningún valor, el objetivo es la participación masiva para incentivar la comercialización.

 

Respuesta:

La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico publica la información de las ferias en la página web www.desarrolloeconomico.gov.co

 

 

Respuesta:

Es  un medio de  inclusión económica, ambiental y social que como una obligación de registro, busca que las unidades productivas aumenten sus índices de productividad, accedan al sistema financiero y sean sostenibles, permitiendo visibilidad para el Estado, para otros empresarios y otras entidades.

 

Respuesta:

  • Se evitan sanciones legales
  • Se mejora el posicionamiento y la imagen de la empresa
  • Se accede a créditos formales y otros servicios financieros
  • Encontrar nuevos mercados
  • Beneficios legales y extralegales
  • Desarrollo y expansión de la empresa

 

Respuesta:

El la Subdirección de Intermediación, formalización y regulación empresarial de la Secretaría Distrital de Desarrollo económico ubicada en la Carrera 60 No. 63ª-52, teléfono:  3693777, ext. 165, 256.

 

 

Respuesta:

Sí,  puede participar en las ferias, de acuerdo al sector Clúster  al cual va dirigida la convocatoria.

 

 

Respuesta:

Para ser beneficiario del proyecto, puede inscribirse acorde a las convocatorias que se encuentren vigentes como: grupo familiar, grupos de familias, asociaciones y/o colectivos campesinos y grupos de jóvenes emprendedores, que cumplan con los siguientes requisitos:

 

1. Residir en las localidades rurales de la ciudad de Bogotá D.C.

2. Contar con un predio (en calidad de propietario, tenedor, arrendatario con más de 5 años de contrato vigente o poseedor)

3. Dependiendo de la convocatoria deberá cumplir con ciertas condiciones especiales.

4. Desarrollar o tener la intención de incorporar prácticas de protección ambiental en su predio, las cuales serán verificables por el equipo de la Subdirección de Economía Rural so pena de ser excluido del programa.

5. Ser beneficiario y participante de las escuelas de campo y/o Talleres de transferencia de tecnología de la Subdirección de Economía Rural

Para mayor información comunicarse con la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico, Subdirección de Economía Rural, teléfono 3693777 extensión 209

 

 

Respuesta:

En la página web de la secretaria podemos encontrar un vínculo sobre mercados campesinos: Se ingresa y se diligencia un formulario o ficha de caracterización, donde se solicita toda la información del productor y del producto que quiere ofrecer en los mercados; luego de esto, el productor entra al proceso de convocatoria y será llamado para su participación. También puede inscribirse acercándose a la Secretaria de Desarrollo Económico en la Carrera 60 #63 A 52 en la Subdirección de Abastecimiento Alimentario, preguntado por el coordinador de mercados campesinos.

 

Para mayor información comunicarse con la Secretaria Distrital de Desarrollo Económico, Subdirección de Abastecimiento Alimentario, teléfono 3693777 extensión 212

 

Respuesta:

Consiste en el proceso de visibilizar o comercializar el producto o servicio que oferta una empresa, idea de negocio o compañía en mercados extranjeros o territorios fuera del límite nacional.

Respuesta:

La estrategia de la exportadora tiene como objetivo formar unidades productivas para que desarrollen el proceso de exportación de sus bienes y servicios de esta forma contribuir con la incursión de mercados internacionales y visibilizar a las empresas bogotanas en el extranjero.

La ruta exportadora tiene las fases de introducción a las oportunidades de comercio exterior y aceleración del proceso exportador a continuación se especifica el objetivo de cada una de ellas:

 

  • Introducción a las oportunidades de comercio exterior. Capacitar a los empresarios en un conjunto de herramientas y modelos de negocio para la internacionalización de sus operaciones y aprovechamiento de oportunidades comerciales.
  • Aceleración del proceso exportador. Desarrollar un proceso de fortalecimiento empresarial orientado a la internacionalización de un grupo de empresas exportadoras no constantes o con potencial exportador de la ciudad Bogotá que les permita adecuar su oferta exportable a los requerimientos a los mercados internacionales donde se identifiquen oportunidades comerciales.

Respuesta:

Cualquier empresario o idea de emprendimiento que desee incursionar en mercados internacionales.

Respuesta:

La ruta actualmente brinda a las unidades productivas interesadas en participar módulos de capacitación en los siguientes temas:

  •  Introducción a la internacionalización
  •  Oportunidades de mercado
  •  Cultura en los negocios
  •  Tramites y procesos aduaneros
  •  Logística
  •  Requisitos del producto
  •  Costos logísticos y régimen cambiario

Respuesta:

El centro de servicio empresarial e innovación o CSEI es un espacio que dispuso la SDDE al servicio de la comunidad con el fin de fortalecer aglomeraciones, clústeres, encadenamientos o demás redes, productivas a través de los centros, los empresarios obtendrán asistencia técnica y apoyo para el desarrollo de sus unidades productivas, de manera presencial y permanente en temáticas de: desarrollo comercial, asesoría contable, asesoría jurídica, pago de impuestos E-commerce e inteligencia de mercados, espacios a través de lo que se busca el fortalecimiento de las mipymes (micro, pequeñas, y medianas empresas) en especial de los sectores priorizados por la SDDE.

Respuesta:

Actualmente está ubicado CSEI en la siguiente dirección diagonal 17c sur N° 24i -75

Respuesta:

En los CSEI se presta consultoría experta a los empresarios de la ciudad priorizando los sectores productivos de confecciones, curtiembres, marroquinería y calzado y otros procesos industriales en temas relacionados con la productividad y competitividad tales como: contabilidad básica e intermedia, formalización empresarial, diseño, procesos y producción, creatividad, innovación y prototipado, marketing y ventas y asesorías jurídicas en temas ambientales.

Respuesta:

Los empresarios de la ciudad en especial aquellos de los sectores priorizados por la SDDE de los que se encuentra: confecciones, cuero, calzado y marroquinería.

Respuesta:

Las unidades productivas o empresarios deben cumplir con los siguientes requisitos: • Tamaño: Famiempresas, microempresas pequeñas y medianas • Pertenecer a los sectores y subsectores económicos priorizados por la SDDE. • Las empresas deben llevar a cabo un proceso productivo. • Tener el registro mercantil vigente. • Tener como mínimo un año de operación. • Contar como mínimo tres empleados directos e indirectos. • No estar incurso en causales de disolución.

Respuesta:

De lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm

Respuesta:

Se puede comunicar al teléfono 5556530, acercarse a la dirección del Restrepo diagonal 17 c sur N° 24I -75 o la secretaria distrital de desarrollo económico. Carrera 60 N° 63 – 52, con la dirección de competitividad Bogotá región.

Respuesta:

Información asociada a los once temas relacionados con desarrollo económico en Bogotá y la región.

Respuesta:

Los temas que analiza el Observatorio son, Comercio al por menor, Comercio exterior, Competitividad, Construcción, Consumo y precios, Dinámica económica y Distribución, Emprendimiento y microfinanzas, Industria, Seguridad alimentaria y ruralidad, Servicios y Trabajo decente y digno.

Respuesta:

Análisis de coyuntura, estudios económicos e información estadística.

Respuesta:

Son documentos de análisis y síntesis de información coyuntural sobre los grandes temas del desarrollo económico de Bogotá.

Respuesta:

Son los análisis detallados de publicaciones o eventos particulares que afectan el desarrollo económico de Bogotá y que permiten sostener opiniones y abrir el debate sobre las conclusiones particulares de cada estudio.

Respuesta:

En los Cuadernos se divulga el análisis y resultados de los estudios económicos de mayor relevancia e impacto sobre el conocimiento y entendimiento de Bogotá, en cambio, en los cuadernillos se publican el análisis de las principales actividades que componen la economía bogotana y que se encuentran aglomeradas en los distintos sectores de la ciudad incluyendo la dimensión geográfica y sectorial.

Respuesta:

  • Un (1) auditorio de 690 m², con capacidad para 480 personas
  • Seis (6) salones con capacidad máxima de 30 personas cada uno,
  • Cuatro (4) plazas de 575 m² ,
  • Diez (10) cocinas,
  • Plazoleta de comidas con capacidad de 120 personas,
  • Plazoleta administrativa de 575m²
  • Paseo central de 2750 m²

Respuesta:

Realizar la solicitud de préstamo de los espacios del Recinto Ferial Plaza de Artesanos, mediante escrito dirigido a la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, en el que se especifique nombre e identificación de la persona natural o jurídica, descripción y dinámica del evento, fecha, horario, número de personas esperadas e información de contacto del solicitante.

Una vez recibida la solicitud, el Director de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, responderá por escrito, conceptuando sobre la viabilidad del evento y disponibilidad del espacio, indicando las tarifas aplicables y las condiciones legales para la suscripción del respectivo contrato.

 

Para las solicitudes de préstamo que han sido declaradas viables y convenientes para el Recinto Ferial Plaza de Artesanos, y aceptadas a través de oficio a la persona natural o jurídica interesada en desarrollar un evento, se deberá presentar como paso previo a la suscripción de un contrato y dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de la comunicación de viabilidad, los siguientes documentos:

 

  • Identificación del responsable del desarrollo de la actividad y de los participantes en el evento con nombre, dirección, número de cédula de ciudadanía o NIT
  • En caso de que la solicitud la presente una persona jurídica se deberá anexar el certificado de existencia y representación legal no mayor a treinta (30) días.
  • Constancia de verificación de situación militar, si aplica.
  • Constancia de verificación de antecedentes vigentes de la Procuraduría General de la Nación.
  • Constancia de verificación de antecedentes vigentes de Personería de Bogotá.
  • Constancia de verificación de antecedentes y requerimientos judiciales.
  • Constancia de verificación de antecedentes como responsable fiscal.
  • Constancia de verificación del Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas RNMC
  • RIT
  • RUT
  • Constancia o certificación de afiliación como independiente al Sistema General de Seguridad Social (para persona natural).
  • Paz y Salvo de pago de aportes conforme la ley (Persona Jurídica)
  • Constancia de los trámites respectivos referentes al Sistema Único de Gestión de Aglomeraciones (SUGA) – Decreto Distrital 599 de 2013. En todo caso es obligación del solicitante tramitar ante las autoridades competentes los permisos y autorizaciones necesarios para la realización del evento, de conformidad con lo dispuesto en la normatividad vigente.
  • Constancia de inscripción por parte del contratista en el SECOP.

 

Respuesta:

Cualquier Persona Natural o Jurídica que cumpla con los requisitos necesarios de ley para la suscripción del contrato.

 

Respuesta:

Respuesta: Los artículos 322 a 327 de la Constitución Política establecen un régimen especial para el Distrito Capital, en especial el inciso 2 del artículo 322, el cual dispuso que su régimen político, fiscal y administrativo será el que determinen la Constitución, las leyes especiales que para el mismo se dicten y las disposiciones vigentes para los municipios, en este sentido, se expidió el Decreto 1421 de 1993 “Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá”.

 

Respuesta:

Respuesta: El Concejo de Bogotá ejerce su función de control político a través de los instrumentos contemplados en la Constitución Política, el Decreto Lay 1421 de 1993, las leyes de la república y el acuerdo 348 de 2008. El artículo 56 del reglamento interno define que “Corresponde al Concejo de Bogotá en su función de control político, vigilar, debatir o controvertir la gestión que cumplen todas las autoridades distritales”. Las herramientas que permiten la actividad de control al cabildo distrital son: Proposiciones de Control Político, Subcomisiones de Vigilancia y Control de la Gestión de las Autoridades Distritales, Informes de Funcionarios y la Moción de Censura.

 

Respuesta:

Respuesta: La Secretaría fue creada con la reestructuración del Distrito Capital que se encuentra plasmada en el Acuerdo 257 expedido el 30 de noviembre del año 2006.

 

Respuesta:

Respuesta: El Sector Desarrollo Económico, Industria y Turismo.

 

Respuesta:

Respuesta: Se encuentra integrado por la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, cabeza del Sector, y las siguientes entidades adscritas; el Instituto para la economía social -IPES y el Instituto Distrital de Turismo y como Entidad vinculada, la Corporación para el Desarrollo y la productividad Bogotá Región”.

 

Respuesta:

Respuesta: Corresponde a la sede administrativa donde funcione la Dirección Distrital de Defensa Judicial y Prevención del Daño Antijurídico de la Secretaria Jurídica Distrital.

 

Respuesta:

Respuesta: Es el buzón de correo electrónico notificacionesjudiciales@secretariajuridica.gov.co administrado por la Dirección Distrital de Defensa Judicial y Prevención del Daño Antijurídico de la Secretaría Jurídica Distrital, quien remite los mensajes de datos contentivos de las notificaciones de autos admisorios de demandas, a las entidades que correspondan asumir la representación.

 

Respuesta:

Respuesta: Es el buzón de correo electrónico notificacionesjudiciales@desarrolloeconomico.gov.co

 

Respuesta:

Respuesta: Es una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad. Igualmente decide, en cada caso específico, sobre la procedencia de la conciliación o cualquier otro medio alternativo de solución de conflictos, con sujeción estricta a las normas jurídicas sustantivas, procedimentales y de control vigentes, evitando lesionar el patrimonio público.

 

Respuesta:

Respuesta: Colombia Compra Eficiente es una Entidad descentralizada de la rama ejecutiva del orden nacional, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera, adscrita al Departamento Nacional de Planeación (DNP) que es el rector del Sistema de Compra Pública de Colombia.

 

Respuesta:

Respuesta: A partir de 2013 Colombia Compra Eficiente es el administrador del SECOP.

 

Respuesta:

Respuesta: El SECOP II es la nueva versión del SECOP (Sistema Electrónico de Contratación Pública) para pasar de la simple publicidad a una plataforma transaccional que permite a Compradores y Proveedores realizar el Proceso de Contratación en línea.

Desde su cuenta, las Entidades Estatales (Compradores) pueden crear y adjudicar Procesos de Contratación, registrar y hacer seguimiento a la ejecución contractual. Los Proveedores también pueden tener su propia cuenta, encontrar oportunidades de negocio, hacer seguimiento a los Procesos y enviar observaciones y Ofertas.

 

Respuesta:

No. La plataforma también permite que los ciudadanos consulten la información publicada. Los interesados tienen una opción de búsqueda pública en el SECOP II la cual no requiere registro y permite ver los Procesos de Contratación de las Entidades Estatales, el avance de estos y los Documentos del Proceso. Para verlos, solo tienen que hacer clic en la pestaña Buscar Proceso de Contratación ubicada en la barra superior de la web e iniciar la búsqueda.

 

Respuesta:

El usuario debe estar suscrito en el Proceso para crear una oferta. Para el efecto, el usuario debe ingresar al área de trabajo del Proceso y hacer clic en “Crear oferta”. Al hacer clic en “Crear oferta”, SECOP II muestra el formulario para crear la oferta e indica los pasos que el usuario debe seguir (en la parte superior izquierda de la pantalla).  El usuario debe diligenciar o anexar en cada uno de los siguientes pasos: 1. Información General – 2. Cuestionario – 3. Documentos.

Luego de finalizar la oferta el usuario debe hacer clic en “Ir a presentar”. Inmediatamente el SECOP II presenta una pantalla en la que el usuario debe: (i) Seleccionar la opción “Presentar” (está marcada por defecto). (ii)  Activar la casilla que indica que ha leído y acepta las advertencias correspondientes a la presentación de la oferta. (iii) Hacer clic en “Confirmar”.

 

Respuesta:

Debe ir al proceso, suscribirse a él y luego desde el área del proceso dar clic en el botón “manifestar interés”.

 

Respuesta:

La consulta de los documentos del proceso de selección podrán ser consultados en la Plataforma SECOP II, por lo cual, los proponentes NO deberán presentarse personalmente en la oficina para realizar estas consultas.

 

Respuesta:

No. Las propuestas deben ser allegadas de manera digital a través de la plataforma.

 

Respuesta:

Actualmente no es necesario realizar acta de cierre, debido a que esta se hace por medio de la plataforma del SECOP II.

 

Respuesta:

Se necesita, un documento con la identificación de la persona natural, se debe descargar y diligenciar el formato de experiencia y se necesita la constancia de persona natural no obligada a llevar contabilidad, este último documento se debe anexar en los documentos de “Estados Financieros auditados con corte al 31 de diciembre del año anterior” y en “Formato de capacidad financiera y organizacional”.

 

Respuesta:

A partir de la adjudicación del contrato, la plataforma habilita para la Entidad Estatal y el proveedor el módulo de Gestión Contractual la cual se administra desde la sección de contratos.

Esta Sección de la plataforma permite Gestionar todo lo relacionado con el Contrato electrónico como lo es el número del contrato, fecha, firma, adiciones, prorrogas y en general todas las modificaciones del contrato. Dentro del módulo se maneja la aprobación de garantías, el registro de facturas por parte del proveedor al igual que su pago, además permite la publicación de los informes del supervisor e interventor y el manejo del estado del Proceso el cual puede ser en edición, en ejecución, Pendiente de firma, entre otros.

 

Respuesta:

Sí, para poder interactuar con la Entidad Estatal en el marco de un Proceso de Contratación adelantado por Secop II es necesario que el proponente se encuentre inscrito en la misma plataforma.

 

Respuesta:

No, de acuerdo con el artículo 36 de la Ley 48 de 1993 para celebrar contratos con el Estado Colombiano únicamente es necesario que el contratista tenga definida su situación militar. La Secretaría puede corroborar y verificar el estado de la situación militar de las personas que deseen celebrar contratos con el Estado por medio de la oficina de la Jefatura de reclutamiento de las Fuerzas Militares de Colombia.

 

Respuesta:

Sin perjuicio de las particularidades de cada contrato, por regla general el supervisor deberá presentar los siguientes documentos para adelantar el trámite de liquidación de mutuo acuerdo: – Minuta proyecto acta de liquidación; – Informe mensual de ejecución; – informe final de ejecución; – Soporte cumplimento obligaciones al Sistema General de Seguridad Social; – Estado y soporte financiero y de los pagos realizados y las – Garantías ajustadas de conformidad con lo solicitado en la minuta del contrato.

 

Respuesta:

Para el efecto, deberá adelantar la actuación administrativa con fines sancionatorios prevista en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, que establece que la misma se hará en audiencia y se respetaran todas las garantías del derecho de defensa y contradicción al Contratista. De igual forma, deberá observarse los criterios jurisprudenciales y el momento procesal oportuno para adelantar el procedimiento; así como el trámite contenido en el Manual de Contratación de la Secretaría.

 

Respuesta:

El supervisor o interventor de un contrato tiene una labor fundamental en el seguimiento al bien o servicio contratado, este adelanta labores de inspección, vigilancia y control. Así mismo, certifica recibir a satisfacción el cumplimiento del objeto contractual, por lo tanto, deberá ser juicioso, detallado y exhaustivo en su labor, toda vez que su labor implica responsabilidad de carácter civil, penal. fiscal, disciplinaria y administrativa.

 

Respuesta:

No. Atendiendo a las funciones establecidas en el Decreto 437 de 2016, la Oficina Asesora Jurídica únicamente expide las certificaciones de servicios con respecto de las vinculaciones contractuales sostenidas con la Entidad.

 

Respuesta:

El término máximo para el trámite es de 15 días. Lo anterior al tenor de lo dispuesto en la Ley 1755 de 2015.

 

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